Cuánto tarda en salir un juicio por vía civil

¿Cuánto tarda en salir un juicio por vía civil?

Aproximadamente un juicio civil suele tardar un año desde su interposición. Puede resolverse en un tiempo menor, pero también puede demorarse más, por lo que en general, suele tardar un año en España.

Dependerá mucho del tipo de juicio por vía civil y del Juzgado que lo tramite. Por ejemplo hay procedimientos verbales en los que sólo existe celebración de un juicio y por tanto el plazo de tramitación es menor, pueden resolverse incluso en 6 meses, y otros ordinarios en los que hay que citar a una pluralidad de demandados o existen pruebas y requerimientos complejos a efectuar y se puede demorar mucho más de un año.

También hay diferencias con el tiempo de la sentencia para un juicio rápido.

También existen procesos que son muy ágiles debido a que el funcionario que los gestiona es muy eficiente y lleva su trabajo al día, mientras que hay Juzgados con funcionarios menos eficientes o que directamente tienen «una mesa vacía», como se suele llamar cuando en un Juzgado hay una baja laboral que no se ha cubierto y por tanto la ausencia de un funcionario retrasa las actuaciones.

¿Cuánto tarda en salir y dura un juicio civil en España?

Las personas suelen denominar coloquialmente como «salir» un juicio al periodo comprendido entre la presentación de la demanda y hasta que se celebra juicio en España.

Pues bien, se trata igualmente de un plazo variable, pero podemos estar hablando entre 6 meses y nueve meses aproximadamente de media. Insistimos en que depende lo que dure la tramitación de cada una de las fases del proceso: Admisión a la demanda, emplazamiento y notificación de la parte demandada, citación para juicio en función de las fechas libres de la agenda del Juzagdo… etc.

¿Cuánto dura una demanda e juicio civil en España?
Cuánto tarda en salir un juicio civil

Cuanto tarda en llegar una demanda civil:

Lo que le tarda en llegar una demanda civil a la parte demandada, una vez más como ocurre generalizadamente en la Administración de Justicia, no depende de un plazo concreto, pues de hecho no hay trámites procesales al respecto.

Lo normal es que la admisión a trámite y notificación de la demanda a la parte demandada en proceso civil, previa admisión de la demanda, suele ser de entre 3 y 4 meses como normal general.

 

Abogados Cebrián & Asociados, despacho de abogados especializado en Derecho de Familia. Letrado responsable Alberto Gª Cebrían, colegiado del ICAM 85.585. Premio Nacional de Ley en Derecho de Familia.

63 comentarios

  1. Buenos días. Yo he presentado demanda por tarjeta revolving hace ahora dos años y aun no está admitida a trámite. Que puedo hacer?

    1. Buenas tardes:

      Después de 2 años es muy raro que no esté admitida a trámite. Habría que hablar con el abogado que gestiona el procedimiento pues es demasiado incluso a pesar de la lentitud de los Juzgados en España. Podemos recomendarle un abogado que es experto en reclamaciones bancarias y tarjetas revolving que seguro que le puede ayudar: Celestino Carreño 651845135 contacto@celestinoabogado.com

  2. Buenas. Hace un año que demande por usura a bbva por el préstamo de mi coche , ya está admitida a trámite hace meses pero no sé cuánto puede tardar más

    1. Buenas tardes.

      Cada Juzgado y cada proceso tiene plazos muy diferentes, pero es normal la tardanza pues un juicio de ese tipo puede tardar perfectamente un año. No se preocupe y si ya se ha admitido el siguiente paso es que le den traslado y emplacen a la parte demandada, el banco y en un periodo de unos 4 ó 6 meses se suele celebrar juicio desde la admisión a trámite, pero cada proceso tiene unos plazos diferentes y no puede saberse de antemano. La mejor opción en estos casos es llamar directamente al Juzagdo para que le puedan orientar de manera específica o si lo desea que le ayude un abogado que siempre es la opción más garantista.

      Muchas gracias, ojalá le salga bien el proceso

  3. Hola Buenas Tardes, he sido denunciado esta semama por un establecimiento de ropa por una supuesta estafa/ hurto por el valor de una cuantia de 200€, aun no he recibido ninguna notificación pero me gustaria saber cuanto mas o menos se demorará la llegada del juicio. Gracias

  4. Hola Buenas tardes, he sido denunciado por una tienda por un supuesto hurto/estafa o por lo menos eso me comunicaron en el momento. Simplemente me gustaría saber cuanto tiempo demorara hasta la llegada del juicio en lo que a mi parecer creo que es un delito leve. Cualquier palabra sería de gran ayuda, gracias

    1. Buenas tardes

      Eso es, sería un delito leve, que en el peor de los casos le supondría la imposición de una multa si le acusan de haber sustraído algún objeto de valor inferior a 400 euros. Estos procedimientos tienen unos trámites muy sencillos, pues no existe declaración previa, sino directamente el juicio, pero la lentitud y saturación de los Juzgados puede hacer que tarde el proceso mínimo 6 meses.

      Si tiene dudas sobre su ha sido denunciado, podría acudir al Juzgado decano de la ciudad en la que haya ocurrido, puede ser que no hayan interpuesto realmente la denuncia y en ese caso, con esa información se quede más tranquilo.

      En el caso de condena, una vez satisfecha, podría pedir que se borraran los antecedentes penales a los 6 meses (desde que se pagara la multa y archivara).

      En este tipo de procesos penales suelen declarar vigilantes de seguridad, encargados, dependientes… etc. Que vienen a manifestar lo que conocieron de los hechos. Si se trata de una sustracción se modula en función de las circunstancias, si existió recuperación de los objetos, si se manipularon o inutilizaron los sistemas de alarga, si ha existido algún tipo de actuación premeditada (como bolsas especiales para evitar que pite a la salida en los detectores)… etc etc.

      Lo importante es evitar este tipo de situaciones, ya no se puede volver atrás y esto ya pasó, pero no debe de preocuparse en exceso, pues si le acusan de sustraer objetos de menor valor a 400 euros, a lo que s está enfrentando es a una hipotética condena de multa.

      Si tiene cualquier tipo de duda o temor al respecto, siempre es recomendable acudir a un abogado para que analice las circunstancias concretas de la situación y le pueda confirmar exactamente los detalles en función de lo que haya ocurrido.

      Mucho ánimo que un proceso penal es muy desagradable, pero no se enfrenta a una situación penalmente grave.

      1. Muchisimas gracias por tus palabras, me deja algo más tranquilo al saber que es una situacion “no excesivamente grave”. Ha sido de gran ayuda, le deseo lo mejor.

        1. Cualquier proceso penal es muy desagradable, pero afortunadamente con los datos indicados no se enfrenta nada más que a penas, en caso de condena, de multa de hasta 3 meses. Mucho ánimo. gracias.

  5. Mi abogada de oficio interpuso una demanda de filiacion al padre de mi hijo, en Enero de este año, al ser extramatrimonial, le pidieron un principio de prueba, que entregó el 9 de Marzo y aún no la han admitido a trámite. Es en Sevilla desgraciadamente, donde todo va muy lento. Cuánto más tengo que esperar? El vive sólo, sólo tiene a sus padres, sin más cargos, pero nunca me ha dado nada para el niño.

    1. Buenos días:

      Las pruebas suelen presentarse junto al escrito de demanda de filiación. Siendo válidas todas las admitidas en derecho: Fotos, cartas, mensajes, testigos, certificado de empadronamiento… etc etc. Los Juzgados de Sevilla están muy saturados y los plazos que indica por desgracia están dentro de la normalidad del Juzgado. Al haber presentado pruebas el 9 de marzo, es inminente que ahora antes de agosto o justamente después (agosto es inhábil pero el Juzgado sigue trabajando y sacando trabajo atrasado).

      Si se estima que las pruebas son suficientes y razonables, admitirán la demanda y remitirán la demanda al demandado para su emplazamiento. Una vez emplazado contestará a la demanda oponiéndose a la filiación caso en el que se suele resolver con prueba de ADN, o no. Se celebra el juicio y se dicta la correspondiente sentencia.

      No se puede saber el plazo, pues hasta que no se admita a trámite la demanda esta «bloqueada» en la «primera casilla de salida» por explicarlo de una manera sencilla. Una vez que se admita a trámite todo debería ser más ágil. Lo normal sería que pudiera tener una sentencia a principio del año que viene, pero si sigue con tanto retraso no hay un plazo que se pueda calcular, pero para el verano el año que viene debería de estar resuelto. Cuánto tarda una demanda de paternidad.

      Ojalá acabe pronto y se protejan como merecen los derechos de su hijo. Mucho ánimo y fuerza

  6. buenos dias , mi comunidad me demando por cesación , por una moto aparcada, lo hice puntualmente , y ya tengo una plaza de garaje alquilada, esta prohibido por los estatutos y voy a contestar a la demanda ,diciendo que ya no dejo la moto y que fueron momentos puntuales, me condenaran en costas? , alegan que no fui por los furofax
    gracias

    1. Buenos días:

      Dependerá mucho de las circunstancias del caso. Usted al haberse alquilado ya una plaza y no dejar la moto en la zona comunitario ya ha cesado en aparcar la moto en el lugar no permitido. El hecho de no haber recibido los burofax le beneficia, pues puede alegar tener buena fe, desconocimiento, no haberse dado cuenta, haber sido una cuestión muy puntual.. etc.

      Aportar el contrato de alquiler de la plaza de aparcamiento es una prueba muy importante para usted. Las costas se imponen cuando se estiman íntegramente las pretensiones de una de las partes y desestiman las de la otra. Habrá que ver el suplico y demanda, seguramente habrán fotografías, testigos.. etc etc. Si al tiempo de la recepción de la demanda usted ya tenía alquilada la plaza lo normal es que no le pongan las costas. Si se acredita de contrario una reiterada intención y mala fe de aparcar a sabiendas de que estaba prohibido, sí que le pondrán las costas.

      Ojalá que salga bien el proceso, usted tranquilo, es un juicio muy simple en el que usted básicamente debe de alegar buena fe y desconocimiento, a ver si con suerte no le ponen las costas, ya que realmente la comunidad tiene razón

  7. Hola, he sido denunciada por mi ex pareja, por acoso el 8 de septiembre. ¿Cuanto tiempo tarda en llegar las pruebas de la Guardia Civil a un juzgado? , ¿ me va a llegar una carta del juzgado solicitando que me presente a juicio? 0¿ como me entero de que tengo que ir a juicio?
    muchas gracias.

    1. Buenas tardes:

      Si ha sido denunciada por su expareja por acoso, en primer lugar habrá que analizar los hechos y cómo se haya planteado la denuncia y sus pruebas. Gran número de denuncias no se tramitan por entender que lo denunciado no tiene la gravedad, entidad o tipicidad suficiente. Por ello para su tranquilidad:
      No siempre que una persona dice que denuncia realmente ha puesto la denuncia.
      El hecho de que denuncie no quiere decir que se admita a trámite.

      Para el caso de que exista denuncia y se admita a trámite las pruebas suelen presentarse con la denuncia, por lo estarán unidas a las actuaciones. En cualquier momento del proceso igualmente se podrán presentar las pruebas que se consideren pertinentes.

      Dependiendo de la gravedad de la supuesta coacción, si es leve se calificaría de delito leve y la citación sería directamente para ir a juicio. Esta acción prescribiría al año de los hechos. Lo más grave que podría pasar sería una multa de hasta 3 meses.

      Si los hechos fueran graves sí que le llamarían para declarar y después en caso de considerar que existen indicios se celebraría juicio, pero suele ser muy lento el proceso.

      La citación llega por correo certificado a su domicilio.

      Gracias, ojalá que vaya todo bien, un saludo.

  8. Hola buenos días…tengo una demanda por gastos hipotecarios desde el 2018 en el juzgado ne han informado que más o menos mí demanda se admitirá a trámite después de navidad debido a la cantidad ingente que tienen de demandas …bien me gustaría saber si de admitir a tramite tardan mucho ya que es un juicio ganado por mk parte un saludo

    1. Buenos días:

      Si la demanda aún no se ha admitido a trámite y está presentada desde hace poco lo normal es que el proceso aún tarde bastante. El plazo de tramitación como rápido suele ser de un año. Cada Juzgado tiene sus propios plazos, pero si le han dicho que lo va a admitir a trámite pasados 3 meses, es que el Juzgado está especialmente saturado (la admisión a trámite debería ser una parte ágil y sencilla del proceso). A la vista de esa indicación del Juzgado lo más normal es que su proceso concreto tarde al menos 2 años. Es una pena que este tipo de procesos sea tan lentos al estar tan saturados. Gracias un saludo

      1. Quisiera hacerte una consulta. Una persona que me vendió un coche con la caja de cambios dañada , yo intenté denunciar, pero al poner la denuncia supera los 2000€ y tenía que pagar el peritaje y abogado, más no tenía dinero , averigüe con las personas donde reside el vendedor y me dijeron que la persona es un ocupa , y por recomendación de peritos y abogados decidí no poner la denuncia y vender el coche a desguace por 400€, porque era más lo que gastaría que lo que podía recuperar, 10 meses después me llama la persona acusándome que le destruí 2 coches , amenazándome a mi y a mi familia, ya que tiene mi dirección por el contrato de compra y venta , por esto lo denuncie en la guardia civil y una semana después la persona me a denunciado diciendo que le cause daños a su coche por 4000€ y que posee un vídeo de mi persona causando los daños. Que puedo hacer ? Ya que poseo NIE y acabo de meter mi nacionalidad y no quiero que se vea afectado por esto, nunca he tenido problemas, poseo contrato fijo de 40h y 3 años trabajando con esta empresa, no quiero perder mi permiso de trabajo , estoy muy preocupado ya que mi familia depende de mi, soy padre de familia con dos hijos y mi madre a cargo, mi mujer solo trabaja media jornada para poder cuidar a los niños. Que tiempo tarda este proceso?
        Resido en Valencia.

        1. Buenos días

          Lo que indica de que el requisito de llevar abogado y procurador para denunciar si lo que se discute es más de 2.000 euros es para reclamaciones civiles, no penales. Sea como sea, si ya llevó el coche al desaguace en ese tema poco se puede hacer.

          En relación a las denuncias de la otra parte, son acusaciones que él tendrá que de mostrar. Si supuestamente dice que usted le ha roto un coche y tuene un video, habrá que ver el video, pues puede estar tranquilo que quien tiene que demostrar que supuestamente pasó eso es el denunciante, de no ser así en España sería una indefensión con miedo a poder ser denunciado por cualquier caso. Incluso, para el caso de que alguien le haya roto el coche y tenga un video, lo que tendría que demostrarse con el video es que sin género de dudas es usted. Es muy rato que tenga un video y no haya llamado a la Policía para identificar a la persona. Tal vez tenga problemas con más personas y una de ellas sea la que le rompió el coche, pero haya pensado que es usted. A nuestro modo de verlo:

          Muchas veces cuando una persona dice que denuncia, realmente no lo hace.
          En el caso de denuncia, debe de demostrar que es usted quien ha hecho esas cuestiones.
          Si el Juzgado admitiera la denuncia y usted no ha hecho nada, su defensa es muy fácil. Hay que ver cuándo han pasado los hechos (para ver dónde estaba usted en ese momento o qué hacía) y qué pruebas tiene la otra parte.

          En muchos casos, esto lo hacen como medida de presión, precisamente para no ser denunciados.

  9. Buenas tardes,
    El pasado mes de junio vodafone dio de alta a mi nombre un contrato y adquisición terminal por valor de 900 eu, alguien me suplanto mi identidad, ahora en el 2022 me he dado cuenta a raíz de pedir un préstamo hipotecario, que me denegando por estar en registro asneff, en el que Vodafone me ha inscrito en ellos, ya he presentado la denuncia por suplantacion de identidad, en la cual figuran los datos facilitados por Vodafone los cuales no coinciden con los míos únicamente mi dni.
    Cuanto tiempo tardará la demanda en admitirse a trámite y como debería proceder.
    Cuando responderá el juzgado para poder sacarme del asneff.
    Cual sería mi indemnización.
    Que costes me supondrá realizar la demanda civil.
    Gracias espero su respuesta.

    1. Buenos días:

      Por un lado está la vía penal, en la que ha hecho lo correcto denunciando lo ocurrido. Lo importante sería iniciar una reclamación interna con la propia compañía de teléfono para que sean conocedores de lo ocurrido y pidiendo que tomen medidas, tanto dejar sin efecto la deuda al no ser procedente, como sacarle del ASNEFF, como pedir una indemnización por daños y perjuicios.

      Lo más recomendable desde nuestro punto de vista es después de haber iniciado la vía penal insistir en la reclamación y agilizarlo todo lo posible. El problema es que la denuncia penal suele ser muy lenta y si no localizan al autor de los hechos se acabará archivando. De no coincidir nada más que su DNI es muy claro que usted no ha sido sino que han utilizado su número.

      Ojalá que el proceso de reclamación interno con Vodafone tenga éxito. Lo normal es que dejen sin efecto la deuda, que levanten la anotación en la lista de morosos, pero que no le indemnicen.

      Una vez haya acabado el proceso penal y reclamación habría que valorar si merece la pena la reclamación. Si es una reclamación de menso de 2.000 euros no necesitaría abogado ni procurador por lo que no le supondría costes interponer la demanda. Habría que analizar todo una vez resuelva el Juzagdo Penal y la compañía, nosotros no somos expertos en esas cuestiones, pero incluir a una persona improcedente en la lista de morosos es grave y se sanciona jurídicamente, pero lo importante es que se haya puesto en conocimiento de la compañía, pues de no haberlo hecho, la compañía lo realiza bajo apariencia de que todo era correcto, y la contestación de ellos suele ser que no conocían lo ocurrido, por ello es muy importante comunicarlo lo antes posible.

      Gracias ojalá que se arregle pronto

  10. Hola. En octubre de 2021 interpuse demanda declarativa de gastos extraordinarios de hijos menores de edad ante juzgado de familia de Bilbao. En abril de 2022 se celebró la vista. Ya han transcurrido ocho meses desde entonces y aún no se ha dictado el auto judicial. ¿Es normal tanta tardanza? Gracias

    1. Buenas tardes

      Para lo bien que suelen funcionar los Juzgados de Bilbao de familia es una barbaridad. Debe preguntar e insistir (estos días han dicho declarado inhábiles hasta el próximo lunes 9 de enero) pero a partir del lunes lo mejor sería que su abogado/procurador pregunte en el Juzgado ya que no es nada normal, es un despropósito. De confirmar el funcionario que está sin resolver, lo mejor es presentar un escrito de impulso procesal, que tal pueda parecer que no ayuda mucho, pero es la manera de insistir en el Juzgado para que resuelva su proceso en ejercicio de la tutela judicial efectiva (artículo 14CE). Además, lo peor es que los juicios que versan sobre gastos extraordinarios suelen ser bastante simples de resolver (no requiere una gran valoración judicial como en otro procesos de familia) por lo que el plazo desde la interposición de la demanda hasta el juicio está dentro de lo habitual, pero el tiempo hasta resolución es demasiado. Puede incluso que haya algún defecto en la notificación y no la haya recibido, tan lento es muy raro. Gracias, deseamos que todo salga bien.

      1. Acabo de hablar con el abogado que interpuso la demanda y me ha comunicado que hace tres meses que pidió impulso procesal. La respuesta judicial fue en noviembre diciendo que Su Señoría tenía el expediente sobre su mesa. Así que no queda otra que seguir esperando. Muchas gracias.

        1. Que rabia da que tarden tanto. Muy bien hecho por parte del abogado, más no puede hacer. Al ser tanto retraso acumulado se podría pedir otra vez impulso procesal, pero en la práctica sería reiterar lo ya pedido. Recordar a un Juzgado que tiene que hacer su trabajo es inentendible. Es cierto que hay Juzgados muy saturados por la falta de medios personales y materiales, pero al final los perjudicados son las personas que ya lo pasan mal en todo proceso judicial, más aún con el sufrimiento y preocupación del tiempo tan largo. A pesar del retraso, ojalá que al menos le den la razón y todo acabe bien, muchas gracias

          1. Hola

            Ya ha transcurrido más de un año desde la celebración de la vista judicial y aún no se ha emitido Auto resolviendo. Se ha solicitado dos veces impulso procesal, sin ningún resultado. Parece, según me explicaste en tus anteriores mensajes, que nada más se puede hacer para que el juzgado cumpla con su trabajo. Y todo apunta a que nunca se va a emitir auto.
            ¿Pudiera ser que el juez archive el caso una vez transcurrido cierto tiempo?

            Muchas gracias

          2. Buenas tardes

            Es muy raro, si se ha celebrado el juicio se debe de resolver, a pesar de que con las huelgas los Juzgados van con mucho retraso, pasado un año es una barbaridad. Es algo muy raro y anómalo, si ya ha pasado tanto tiempo lo mejor sería tratar de hablar con el funcionario o pedir cita con el letrado de la administración de justicia (se puede pedir en un escrito audiencia con el letrado de la administración de justicia, ya depende del Juzgado aceptarlo, o no) para intentar entender lo ocurrido y dar una oportunidad a que todo acabe, pero de no conseguir solucionarlo, no le queda otra opción que poner una queja. Deseamos se solucione pronto, apóyense en el abogado para tratar de impulsarlo, el tiempo es totalmente desproporcionado.

  11. Buenas tardes ,le explico,yo denuncie a mi empresa para pedir una categoría profesional,a través de mi sindicato,salió el juicio de conciliación el 13 de junio de 2022 como no llegamos a acuerdo me dijo el abogado que íbamos a juicio e estado esperando hasta diciembre y dado que no tenia noticias llamé al sindicato

    1. Buenos días

      Este tipo de juicio suele ser lento, lo que unido al colapso que aún arrastran los Juzgados y que en estos momentos están de huelga indefinida los Letrados de la Administración de Justicia hará que se retrase aún más, sobre todo es cuestión de insistir al abogado que esté pendiente y vaya preguntando en el Juzgado. Es lento pero todo sale adelante, ojalá sea su caso en breve. Gracias

  12. Hola buenas tardes mi consulta es la siguiente yo denuncie a la empresa para pedir mi categoría profesional ya que no me la daban el 13 de junio del 2022 tuvimos un juicio de conciliación como no llegamos a ningún acuerdo fuimos a juicio esto todo me lo llevó el sindicato como yo a fecha de diciembre del 2022 no tenía noticias llamé a mis sindicato el 7 de diciembre y me dijeron que sí que estaba puesta la demanda volvía a llamar a cabo de los días al sindicato y que él fue mi sorpresa que le dijo el abogado que la demanda estaba puesta el 12 de diciembre o sea que he perdido seis meses a lo tonto porque el abogado no ha puesto la demanda qué puedo hacer

    1. Buenos días

      Contestamos al anterior comentario y ahora vemos que esté está más completo.

      Al menos está presentado, pero es verdad que si han hablado que se presentara directamente y ha pasado medio año, no es razonable. Ahora es esperar que se tramite que los Juzgados están muy saturados y más ahora con la huelga de letrados. Respecto del proceso no puede hacer nada pues no se pueda cambiar la fecha ni retrotraer actuaciones o pedir mayor agilidad al Juzagdo por lo ocurrido, pues es algo interno de la relación entre usted y el abogado.

      Lo mejor sería tratar de hablar con el para aclarar lo ocurrido pues puede ser un malenentendido. La opción que tendría sería poner una queja en el Colegio de Abogados al que pertenezca su abogado, pero esa vía debería de dejarse a situaciones de mala práctica profesional pues está encaminada a imponer sanciones al abogado. Nosotros pensamos que a pesar de las circunstancias siempre merece la pena dar un voto de confianza al abogado pues el proceso tiene que continuar y debe de existir confianza para que llegue a buen término. Ojalá se pueda arreglar, y aclarar pues no se puede hacer nada para recuperar el tiempo perdido. Gracias

  13. Buenas noches, voy a presentar una demanda contra una compañía de seguros por negarse a pagar la prima tras el deceso del asegurado, cuento con un informe pericial favorable, quisiera saber cómo están los plazos y demás tras la huelga de letrados, un saludo y gracias

    1. Buenos días

      Aún no se sabe el impacto de retraso de plazos con la huelga de LAJ, pero al haber sido dos meses con la mayoría de los Juzgados paralizados se calcula que le retraso puede ser incluso mayor que el que hubo en la pandemia. Va a ser muy diferente en cada Juzgado. Los retrasos pueden ser superiores a un año e incluso llegar a los dos años en función de cada Juzgado y proceso. El consejo es interponer el proceso cuanto antes ya que cuanto más tarde se presente más tarde se va a repartid y tramitar y el retraso ojalá que se vaya superando poco a poco, pero las demandas que se presentan ahora pueden ser las más afectadas (hasta que se desatasque lo atrasado) y el retraso acumulativo no se puede conocer exactamente pero cuanto más tarde más tarde llega a la cola de retraso de actuaciones. El proceso de reclamación puede superar el año de tramitación.. Ojalá le salga rápido en su caso, muchas gracias y mucho ánimo que es un pleito especialmente delicado cuando se está pagando un seguro de decesos y después del fallecimiento, que bastante duro es, lo que menos se espera es que una compañía de seguros no abone lo pactado. Gracias

  14. Buenos días, mi pareja interpuso demanda de guardia y custodia de tres menores ( los menores viven con el desde que la madre los abandono) .lleva interpuesta desde 2019 no hay medidas cautelares … sin ningún cambio citación fecha de juicio NADA . Hemos pedido dos impulsos procesales sin respuesta …..es una mesa que va con mucho retraso mi pregunta es puedo denunciar por los perjuicios ocasionados ???? No puedo mover papeles sin la sentencia ni titulo de familia numerosa ni ayudas los niños sin vacunar ….estamos indefensos .

    1. Buenas tardes

      Es una situación muy injusta, pues ya no es que la madre se haya desentendido, sino que además bloquea el desarrollo de los menores. Desde 2019 es una barbaridad, aunque esté la mesa del funcionario que lo lleva vacía, no puede estar vacía 3 ó 4 años. Es cierto que actualmente hemos pasado una huelga, estamos en otra y en mayo han anunciado otra más (3 en total) y ello hace que el retraso si todo sigue así pueda ir a más. Si existiera gran perjuicio para los menores se podría solicitar una medida del artículo 158 del Código Civil, pero que lleve más de 3 años y no se tenga una resolución es muy grave. Podrían interponer una queja contra el Juzgado, además de los escritos de impulso procesal de lo que ya han presentado, es la única opción.

      Un buen escrito de impulso procesal haciendo constar que es urgente y todo el retraso y perjuicio para los 3 menores debería de ser suficiente, si el abogado o procurador puede hablar directamente con el Juzgado ojalá que entiendan la situación y le den la preferencia que procede. Están privándole de la tutela judicial efectiva y perjudicando al interés superior de los menores. Algo tiene que haber pasado para que tarde tanto, tal vez el Juzgado esté realizando varios intentos de notificación y no estén siendo ágiles, es una barbaridad 3 años.

      Apóyese con su abogado y presenten todos los escritos que sean necesarios que con el tiempo que lleva no puede tardar mucho más, es insostenible. Ojala todo acabe pronto, es incomprensible este tipo de situaciones por la lentitud de los Juzgados, mucho ánimo.

  15. Buenas, esta semana se ha celebrado la vista previa de una demanda por gastos hipotecarios en el juzgado nº50 de Barcelona, el juez ha dicho que no hace falta celebrar juicio porque ya tiene bastantes precedentes y que dictará sentencia directamente. Cuánto tiempo puede tardar este juzgado en dictar sentencia? Gracias.

    1. Buenas tardes.

      Este tipo de procedimientos civiles son ordinarios, lo que supone que en la práctica se celebren dos juicios, uno primero que es el de audiencia previa que es el que han efectuado; y otro posterior de juicio principal para la práctica de prueba, si fuera necesario. En muy frecuente y acertado que el juez considere que no es necesario celebrar el segundo juicio, pues este tipo de procesos por gastos bancarios hipotecarios tiene toda la prueba documental y es más que suficiente. Un juicio sería innecesario y sólo supondría molestias y gestiones innecesarias que al final retrasaría las actuaciones. Depende del Juzgado, pero precisamente por los precedentes consolidados que existen, lo normal es que no agote el plazo de 20 días hábiles que tiene el Juzgado para notificar la resolución. Es la mejor de todas las opciones la de que no se celebre el segundo juicio, además son procesos que si el abogado lo ha revisado y tiene razón están estimando las demandas generalizadamente. Ojalá se resuelva pronto, no se saben plazos concretos, pero lo mas normal es que esté en menos de 20 días hábiles

  16. Hola Buenos días, a mi me gustaría saber si en un juicio civil se puede exigir que la parte demandante se persone para interrogatorio aunque está esté representada por procurador y haya otorgado los poderes necesarios para pleitos. Es un caso muy complejo porque hablamos de una herencia internacional, con bienes en varios puntos de Europa. La gestión de la herencia se lleva desde Alemania pues la persona que murió lo hizo en Berlín, él murió abintestato pero tiene una única hermana que vive en Francia pues son de nacionalidad francesa que supuestamente pasaría a ser la heredera lo que pasa es que su relación era nula y él me dijo que su hermana no aceptaría ni querría saber nada de nada. Llevo un año y medio viviendo en una de sus casas pues el me cedió la casa y quería que estuviera aquí, su intención era al venir en octubre arreglarlo todo en el notario pero falleció de un cáncer terminal de páncreas y ya no volvió y yo sigo aquí pero hace poco me llego un burofax diciéndome que tenía que salir de la casa en 10 días. Lo que no sé si es realmente la hermana o es lo que se llama en derecho alemán un curador de herencia que al no haberse pronunciado la hermana está velando por la herencia y si es ese el caso que poder tendría para echarle de la casa, a mi me gustaría ponerme en contacto con la hermana y explicarle porque estoy aquí, yo no soy ninguna okupa yo estoy aquí porque el me dio una llave y me dijo que quería que estuviera en su casa, éramos muy amigos. Su pareja falleció el año anterior a él y cuando vino en primavera como hacían cada año el se estaba muy deprimido y ya no se encontraba bien debido a lo que tenía que lo descubrieron meses más tarde cuando volvió a Alemania y ya no le dio tiempo de volver, fue todo muy rápido pero yo le cuide, le intentaba animar y él estaba muy agradecido conmigo en fin…
    Y ahora después de las conversaciones mantenidas con él me parece todo muy raro, por eso pienso que puede ser que no sea la hermana quien reclama y sea está figura que existe en el derecho alemán de sucesiones que es el curador que según tengo entendido puede hasta actuar en nombre de la persona. Si pudieran aclararme esta duda estaría muy agradecida

    1. Buenas tardes

      En primer lugar sentir mucho la situación tan desagradable. El tema es muy complejo y habría que analizarlo en detalle, además nosotros no estamos especializados en derecho alemán, pero sí podemos intentar ayudarle indicando que:

      En un juicio civil en España el interrogatorio de parte puede ser solicitado a pesar de estar representado por abogado y procurador, pues la esencia del interrogatorio es el testimonio directo sobre los hechos de las partes. En este tipo de casos se podría efectuar por videoconferencia en caso de no poder comparecer, pero si es parte tiene derecho tanto a manifestarse como a personarse y pedir sus derechos.

      Si la tramitación de la herencia se ha efectuado en Alemania, existirá una resolución o escritura pública alemana que la otra parte ha podido pedir su reconocimiento en España y después su ejecución.

      La dificultad está en que de no haber dejado testamento en su favor o un derecho por escrito (contrato de alquiler, precario, comodato, usufructo.. etc). Si usted no es heredera y al final han gestionado la herencia, el heredero tendrá derecho a iniciar un proceso de desahucio por precario en el que usted tendrá que justificar que existe justo título, algún tipo de derecho a estar en la vivienda, pues de no ser así y siempre y cuando la propiedad se haya transmitido correctamente, poco se podrá hacer.

      Eso sí, merece mucho la pena revisar bien todo para ver si efectivamente quien reclama ese derecho tiene un derecho válido y legítimo, pues en este tipo de procesos en la demanda deben de aportar la documentación que lo acredite y es una de las pocas posibilidades legalmente de evitar que la persona le eche de la vivienda, que su título de propiedad tenga algún tipo de defecto.

      La opción de tratar de hablar y mediar con el abogado de la otra parte o la parte directamente si consiguiera el contacto sería muy buena para intentar llegar a un entendimiento.

      En este tipo de casos, incluso puede en su oposición pedir que se derive a mediación, pero es voluntaria y si la otra parte no la acepta el proceso continuará.

      Mucho ánimo, insistimos que sentimos mucho la situación tan complicada

  17. Hola
    Transcurridos casi quince meses desde la vista judicial de un procedimiento declarativo de gastos extraordinarios de hijos menores, sin que se haya emitido resolución judicial, ¿podrían mis hijos interponer la correspondiente queja ante el CGPJ, dado que ya han cumplido los 18 años de edad y son parte perjudicada?
    Gracias

    1. Buenas tardes.

      Toda persona que sea parte de un proceso judicial que sienta que están vulnerando su tutela judicial efectiva puede interponer queja ante el CGPJ. Si quiere interponer la queja lo más recomendable es que lo haga la parte demandante del proceso, pues pueden contestar «la parte que interpone la queja no es parte activa del proceso». No debería de darse esa contestación desde nuestro punto de vista, pero son tantas las quejas que reciben que están dando contestaciones de ese tipo.

      Le facilitamos el enlace de acceso a formulario. https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Servicios/Atencion-Ciudadana/Quejas-y-reclamaciones/Formulario-de-queja-o-reclamacion-ON-LINE/

      Sentimos el retraso en contestar, hemos visto la consulta ahora. Muchas gracias, sentimos el retraso, es inaceptable, incluso su abogado puede consultar en el Juzgado y/o presentar escritos de impulso procesal, aunque su efecto es muy limitado.

  18. Muchísimas gracias por responder, la verdad que es una situación muy complicada, ya tengo los billetes para ir a ver a la hermana porque he averiguado su dirección, otra cosa será que ella quiera hablar conmigo o no, pero entiendo que tengo que intentarlo y poder negociar un alquiler si no es que quiere venderla. Ojalá

    1. Buenos días

      Es muy buena opción y sinceramente lo que yo también haría. Muchísima suerte y mucho ánimo ojalá todo salga muy bien

  19. Muchísimas gracias por responder, yo querría saber si es un derecho que la otra parte acuda a interrogatorio o también una obligación si nosotros reclamáramos que se personara y en caso de negarse que pasaría, ella es una persona mayor tiene 72 años pero está perfectamente, ahora está en Cannes de vacaciones entonces entiendo que igual q se va hasta allí puede venir aquí si se le llama para un juicio. Muchas gracias

    1. Buenos días

      El juez es el que debe de valorar si es un medio de prueba procedente, pues todo apunta que sí, no se trata de un testigo sino interrogatorio de parte que se suele aceptar, eso sí, la parte contraria podría alegar que no es útil ni pertinente conforme los hechos controvertidos y el juez es el que lo valoraría y resolvería. La edad no debería de ser un impedimento al estar bien se salud.

      Ojalá que todo salga muy bien, un saludo

      1. Muchas gracias, solo me gustaría hacerte una pregunta más y la última , si realmente descubriéramos que realmente no es la heredera quien reclama la casa y es un administrador de herencias alemán designado por un tribunal al estar la herencia yacente porque ellas no se ha pronunciado aunque la herencia conste como aceptada por hacer expirado el tiempo para renunciar a ella Tendría legitimación para echarme? O en este caso solo tiene derecho a desahuciarme la heredera. Porque por otro lado me comentan que no es lo mismo ser heredera a secas que heredera y propietaria por haber aceptado y adjudicarse en su beneficio la herencia pero siguiendo los trámites legales que entiendo es pagando los impuestos de sucesión correspondiente, pues creo que todo esto no se ha realizado ya que pedí una nota simple en el registro de la propiedad el otro día y como titular sigue constando mi amigo Oscar, es decir, su hermano. Muchas gracias de antemano!!

        1. Buenos días

          No somos expertos en derecho alemán, pero al interesarle los derechos aplicables aquí en España, toda persona que quiera desahuciar a otra de un inmueble en España debe de acreditar tener legitimidad para ello, o lo que es lo mismo ser propietario, usufructuario o similar.

          El hecho de ser heredero de otra persona no supone que sea propietaria de ninguno de sus bienes hasta que no acepta la herencia y perfecciona el cambio de titularidad por el que ponga a su nombre el inmueble. El hecho de que haya pagado los impuestos (al igual que si tuviera una deuda con Hacienda) no es suficiente ni relevante a los efectos del desahucio.

          Para poder echarla debería de constar inscrita la titularidad de la propiedad o derecho real como un usufructo a nombre de esta persona, o en su defecto tener un derecho como son por ejemplo un precario, comodato, contrato de alquiler o asimilados (que no es el caso).

          Por ello, con independencia de que sea uno u otro el que tenga derecho al inmueble, deberá de existir un documento público que detalle quien o quienes son los titulares de los derechos, pues usted como motivo de oposición en un hipotético proceso de desahucio podría alegar FALTA DE LEGITIMACIÓN ACTIVA que podría suponer que la parte contraría viera desestimada su demanda.

          Al fin y al cabo para poder echarla de la vivienda alguien debe de justificar con todas las garantías y seguridad jurídica que es propietaria ya sea una o varias personas, de ser varios deberían demandar todos ellos.

          Ojalá todo vaya bien muchas gracias

  20. Buenos días,
    Interpuse demanda por tarjeta revolving y está en fase judicial, la demanda se admitió a trámite en noviembre, pero aún no he tenido notificación de celebración de juicio. ¿Cuánto tiempo transcurre desde que se admite a trámite hasta que se celebra el juicio?

    Muchas gracias,

    1. Buenos días

      Si se admitió a trámite en noviembre ya han pasado más de 8 meses y va especialmente lento, no es normal que esté desarrollándose con tanto retraso. Hay que tener en cuenta que en este año 2023 se han producido 3 huelgas en los Juzgados que están retrasando mucho las actuaciones, pero a pesar de ello es muy lento. Conviene preguntar al abogado que lo está gestionando si ha existido algún tipo de incidencia o problema con la notificación a la parte contraria. Conviene presentar escritos de impulso procesal para pedir que se agilice pues estar tan poco avanzada la demanda después de tanto tiempo no es normal, ni teniendo en cuenta el retraso normal de los Juzgados, es totalmente excesivo. Ojalá notifiquen pronto la fecha de juicio y salga todo bien que las reclamaciones de demandas de tarjetas revolving se están ganando sistemáticamente. Gracias

  21. En primer lugar gracias por este espacio
    No nombrare a los abogados que me llevan el caso pero estoy un poco decepcionada aunque puede ser que sea normal .
    El caso es que hicimos una reclamación de cláusula suelo en la que tardaron más de seis meses en según ellos la han presentado.
    Me ponen un correo con fecha 13/7/22
    Que ya la han presentado en el juzgado con número 22030096822 no sé ni en qué juzgado ya que la vivienda es en Ocaña Toledo hace un mes me vuelven a confirmar que está presentada esperando la admisión a trámite. Y aquí es donde me parece demasiado tiempo para la admisión, me puede ayudar como podría yo saber si está presentada y porque tanta tardanza le reitero las gracias por este espacio atentamente. G.M.

    1. Buenas tardes.

      Siento que esté tardando tanto, los Juzgados son lentos y este año más con las 3 huelgas judiciales, pero lo más normal es que en aras a la confianza y transparencia sus abogados le faciliten la copia de presentación, pues usted tiene derecho a ello y es obligación de su abogado. Lo más recomendable es mandar un email al abogado pidiendo «sea remitida la copia de presentación de la demanda así como cualesquiera comunicaciones, notificaciones y actuaciones». Como es una preocupación para usted como es lógico sentir que no sabe qué pasa con su proceso, le recomiendo que le indique eso para que no sólo con este sino cualquier otro se lo remita por email (el abogado lo recibe en su correo electrónico y es tan sencillo como reenviarlo con una breve explicación del trámite procesal).

      En toda presentación judicial existe una «copia sellada de presentación» en la que efectivamente en la parte superior aparece un número de presentación, me imagino que es un número correcto. Pero ese documento completo también incluye en qué Juzgado se presentó, DÍA Y HORA de presentación, documentación aportada (demanda, documento 1 poder, 2 contrato , 3 recibos .. etc)… etc etc.

      A pesar de ello la admisión a trámite puede tardar perfectamente un mes y hasta dos y tres (cada Juzgado funciona con plazos muy diferentes y en ocasiones incluso dentro de un mismo Juzgado cada funcionario lleva unos tiempos muy distintos).

      Los despachos de abogados estamos para ofrecer tranquilidad a los clientes y usted no la tiene al no conocer ni los datos básicos de su proceso. Nuestro consejo, que se lo pida de manera amable por email y cualesquiera posteriores y ojalá que se lo mande y todo siga con confianza. De no ser así, habría que insistir porque no sería normal, desde el momento en el que usted pide información, de no facilitarla el abogado, podría el letrado estar incurriendo en responsabilidad profesional disciplinaria.

      Ojalá se aclare pronto, muchas gracias

  22. Buenas tardes, en 2019 me puse en contacto con un despacho de abogados para reclamar los gastos de hipoteca, hoy 20 de septiembre sigo sin noticias del expediente y pido información sobre el juzgado y número de expediente y su respuesta es que aún no está proveído en el juzgado. Me resulta súper extraño, pero al ser ignorante sobre este tema pues tampoco puedo decirles nada. Me podría decir si es normal?? Gracias

    1. Buenos días

      Usted tiene derecho a tener la copia de los escritos y actuaciones que se han efectuado. Para fomentar la transparencia y estar tranquila, puede pedir al abogado o procurador que le facilite copia de presentación de la demanda (lo más fácil, cómodo y que le permite dejar constancia de la petición es correo electrónico), así se verá efectivamente qué día se ha presentado. La admisión a trámite de una demanda desde que se presenta el proceso en el Juzgado decano puede suponer en los casos más lentos 3 ó 6 meses, pero más de eso sería una barbaridad. Una vez que se presenta una demanda se reparte a un Juzgado concreto y es ese Juzgado concreto es el que asigna un número de procedimiento y el que después analiza si cumple los requisitos formales y admite la demanda o en su caso la inadmite o requiere para subsanar defectos subsanables.

      Hay que presuponer que el despacho de abogados le dice la verdad y actúa diligentemente, pero mi opinión personal es que es imposible que que en 3 ó 4 años no tenga Juzgado y numero de procedimiento, totalmente imposible. Además, de ser así, habría que hacer las gestiones en decanato para ver si se les hubiera pasado repartirla (sería muy raro que pasara eso) y en ese supuesto totalmente improbable, ver si merece la pena tratar de impulsar esa demanda o presentar una nueva.

      Esperamos de corazón que todo salga bien, un proceso judicial es una preocupación para cualquier persona, trate de hablar con su abogado a ver si hay formar de entender qué ha ocurrido. Gracias

  23. Buenos días, tengo admitida a trámite desde Abril de 2022 una demanda por tarjeta revolving y aún no me han dado fecha de Audiencia Previa a pesar de haber cursado impulso procesal en dos ocasiones.Es normal?

    1. Buenas tardes

      No debería de ser normal en absoluto, es un despropósito y hace que el derecho de la tutela judicial efectiva realmente no se esté garantizando. Pero por desgracia está dentro de lo habitual de algunos Juzgados especialmente saturados. En España hay Juzgados que son muy ágiles, pero la gran mayoría están tan saturados que tienen retrasos que son una barbaridad. Si ha presentado dos escritos de impulso procesal es que su abogado está pendiente del caso y haciendo todo lo que está en su mano, paciencia que este año con las 3 huelgas que han habido en los Juzgados están algunos especialmente saturados.

      Paciencia, que no debería ser normal, pero por desgracia en la práctica sí que ocurre en muchos Juzgados. Paciencia que no debería de tardar mucho más, gracias esperamos que todo salga bien pesar de la tardanza.

  24. Buenas tardes. Hace un año realice el desistimiento a la compra de un vehículo y los vendedores hicieron caso omiso. Mi abogada en teoría interpuso la demanda exigiendo una indemnización por valor del doble de lo que me costó. Llevamos un año y mi abogada dice que aun no le ha llegado nada del juzgado ( es en otra provincia). Me estoy preocupando porque tengo el vehículo en mi garaje ya para un año y no he visto ningún documento de la presentación de la demanda por mas que se lo he solicitado a mi abogada. ¿Le solicité a mi abogada copia de los escritos y de la demanda interpuesta, pero me lleva dando largas todo este año y lo achaca a las huelgas que ha habido este año.Es normal que tarde tanto el juzgado en pronunciarse?

    1. Buenos días

      Todo cliente tiene derecho a tener copia de las actuaciones de su proceso, desde la copia de presentación de la demanda hasta cualquier escrito o traslado judicial.

      El hecho de que se tramite en otra provincia es indiferente, pues las demandas actualmente se presentan por vía telemática, no tarda más la presentación en un partido judicial que otro. La tramitación si es cierto que dependerá de lo rápido o lento que sea ese Juzgado. Este año ha sido terrible en procesos judiciales, pero en el plazo de un año ya tendría que tener reparto a un Juzgado concreto y con un número de procedimiento, con independencia de que después la tramitación tarde más o menos y el estado actual de las actuaciones.

      Lo más fácil sería que su abogado le entregara copia de presentación, es un documento en PDF que se genera en todas las demandas que se presentan y en la que además consta el Juzgado en el que se ha presentado, día y hasta hora, con un número de identificación.

      Lo más probable es que sea un malentendido, para el caso de que no se haya presentado la demanda o se haya presentado tarde, también está bien tratar de hablarlo desde la confianza. Los abogados somos humanos, si la abogado ha tardado un poco más de tiempo en presentar la demanda no pasa nada, hay que ser comprensivos, pero lo que le interesa es cerciorarse que está en trámite por tema de plazos y para no estar esperando una resolución y que en el pleito la parte demandada pueda alegar que se ha presentado tarde la demanda.

      Gracias un saludo

      1. Muchas gracias Alberto. La letrada sigue sin querer facilitarme copia de la demanda o numero de procedimiento y juzgado, ahora me dice que no le funciona la aplicacion «Horus Justicia» y no puede descargarse la demanda, pero por otro lado me comenta que, en este caso, tenemos 5 años para poder presentarla.

        Ya abone en diciembre del año pasado la primera cuota para que presentara la demanda, pero ahora tengo muchas dudas, porque la he pedido en el ultimo año 5 veces copia de la misma y me sigue dando largas ( tan solo me manda un burofax que hizo previamente para realizar el desistimiento de compra del vehículo y que ya me mando en su día).

        Me encuentro en una situación de total indefensión, porque si no ha presentado la demanda ( como sospecho), ¿podría decirle que me devuelva el dinero que le abone para su interposición y que se olvide de mi caso? ¿ está obligada a devolverme el dinero o tengo que esperar a que le apetezca presentar la demanda en los próximos 4 años?. La palabra es total indefensión.

        Muchas gracias

        1. Buenas tardes

          La abogacía está para dotar de certidumbre, seguridad y confianza a los clientes.

          Si le ha confirmado que esta presentada la demanda como profesional, hay que presuponer que está presentada. Es difícil de entender o justificar que en tanto tiempo no le haya presentado la demanda, pero lo que recomendamos hacer es mandar un correo electrónico en el que precisamente le indique cuál es su situación y cómo se siente. Nosotros lo enfocaríamos de manera directa para tratar de salir de dudas de manera sincera y clara:

          Reiterar la petición de que se remita justificante de presentación de la demanda e información del curso del proceso. (Si la demanda se presentara con procurador que es en la mayoría de los casos, también podría pedir que le informara de cuál es el nombre del procurador para poder pedirle información a él).

          Indicar que existe una desconfianza dada la situación y que de no haber presentado la demanda, por favor que no la presente, pues antes necesitaría volver a estudiar cuál es la situación para tomar la decisión de si continuar o no con la contratación de la abogada, pues una vez que conozca realmente la situación, en ese caso tal vez preferiría dejar de contratar la asistencia letrada y que le devolviera el dinero entregado.

          Una vez que conteste con una cosa u otra (por email se deja constancia de las comunicaciones) tomar la decisión que corresponda. Hay que dar un voto de confianza a la abogada, pero es muy extraño lo que está ocurriendo. El sistema informático puede fallar un momento concreto o un día, pero siempre existe la posibilidad de pedir el justificante de presentación, aunque puntualmente pueda fallar el sistema telemático

  25. soy inquilino de un piso en madrid el dia 10 de abril se inundo mi casa estaba acostado y la policia abrio como pudo y yo al oir los golpas me levante y vi todo el agua la policia ya no me djo entrar a por el dinero y las llaves,asi las cosas,me llevo la ambulancia al 12 de octubre y alli estuve 2 semanas,cuando volvi la portera me dio la llave de un candado que habian puesto por fuera para que el piso no estuviera habierto pues yo soy solo tengo 83 años ,el dia 13 de octubre recibo una carta del juzgado 60 de madrid calle rosario pino juzgado 60 por la que me denuncia el casero y me pide 13mil euros,no se porque,osea me echa la culpa de la rotura de la general,es que quiere el piso por ser renta antigua ,la portera ha recavado firmas de los otros vecinos contra mi ,por venganza de dejar de dar clases de piano al hijo ,no puedo pagar un abogado pues como no tengo pension pero si un piso de mi propiedad alquilado (que es de lo que como)el caseo dice que me vaya ,ya hubo un juicio de desaucio por este motivo y gane por estar ocupado legalmente,como lo ve usted ayudeme por estar completamente solo no tengo familiares .y a lo peor no me dan abogado de oficio.

    1. Buenas tardes

      La situación es complicada y nosotros, lo sentimos, pero no llevamos ese tipo de procesos, de hecho llevamos mucho tiempo sin gestionar procesos que no sean de familia de mutuo acuerdo. A pesar de ello sí que podemos tratar de darle las siguientes recomendaciones:

      Intente mediar con la otra parte (entendemos que es complicado llegado a este punto).
      Descartado el acuerdo debe de contar con un abogado especializado en la materia para que estudie la situación y que valore si procede presentar oposición a la demanda.
      Para poder valorar lo que le piden habría que ver la demanda con detalle, pero s se trata de un desahucio por impago debe de justificar el propietario que usted ha incumplido alguna de las obligaciones de pago derivadas del contrato de alquiler. Si le reclama una reparación sería cuestión de ver si existe algún informe pericial o de arreglo que se haya efectuado.

      Mucho ánimo y fuerza

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