Separación sin hijos y sin estar casados

Una separación sin hijos y sin estar casados es una ruptura de pareja.

En el caso de que se haya anotado la relación en un Registro de Parejas de Hecho, se deberá de comunicar la separación para que procedan a actualizar la anotación registral.

Si vivo con mi pareja pero no estamos casados

Si existe convivencia pero no matrimonio, deberá de tenerse en cuenta si la pareja tiene reconocida su relación en el Registro de Parejas de Hecho.

Sea como fuere, ninguno de los dos miembros de la pareja puede echar al otro de la vivienda común en los casos en los que la pareja está consolidada. Eso sí, lo no razonable que en los casos en los que la vivienda sea propiedad de uno de los miembros de la pareja, en la ruptura pretenda quedarse con el uso de la vivienda que no es suya. Cuestión diferente es que existan hijos comunes.

Convenio regulador sin estar casados

Problemas de tener hijos sin estar casados

No existe ningún tipo de problemas por el mero hecho de tener hijos sin estar casados respecto de los hijos.

Entre los progenitores es evidente que no se tendrán los derechos derivados del matrimonio, pero respecto de los hijos existen los mismos derechos entre progenitores que se han casado y son matrimonio, que respecto otros que meramente han sido pareja.

Problemas de separación sin estar casados pero con hipoteca
Separación sin hijos y sin matrimonio

Separación hipoteca sin estar casados

En los casos en los que exista una propiedad común con hipoteca sin estar casados, habrá un gran problema que afrontar.

En una separación es evidente que las vidas de los miembros de la pareja se separa, pero al existir únicamente una vivienda tenemos la disyuntiva de:

¿Quién se queda viviendo en la casa y quien se marcha? 

El derecho de uso hasta que haya una resolución será compartido e indistinto, lo que puede ser un foco de conflictos. En el caso de que existan hijos menores tiene preferencia el progenitor custodio y también en su defecto tiene preferencia el miembro de la pareja en peor situación económica y personal. En caso de paridad se puede acordar la atribución a ambos por periodos alternos de tiempo.

¿Quién debe de pagar la hipoteca de la casa?

El pago de la hipoteca lo deberán de realizar los obligados en la proporción que corresponda. Si como suele ser habitual en los casos de viviendas en copropiedad, ha sido comprada e hipotecada por mitades, con independencia de quien tenga el derecho de uso, la hipoteca y demás gastos inherentes a la propiedad deberán de abonarse en la misma proporción, si es a medias, a medias.

Abogados Cebrián & Asociados, despacho de abogados especializado en Derecho de Familia. Letrado responsable Alberto Gª Cebrían, colegiado del ICAM 85.585. Premio Nacional de Ley en Derecho de Familia.

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