¿Si te divorcias, tienes derecho a pensión de viudedad?

El tema de la pensión de viudedad tras un divorcio es uno de los más consultados en el ámbito jurídico familiar. La complejidad y variedad de circunstancias hacen que esta cuestión no tenga una única respuesta. En este artículo, profundizaremos en este asunto para aclarar dudas y entender mejor el panorama legal.

Historia de la pensión de viudedad

La pensión de viudedad es una prestación que se concede a la persona que ha perdido a su cónyuge o pareja de hecho, y su origen se remonta a tiempos donde la protección al núcleo familiar era esencial para la subsistencia.

Requisitos generales para acceder a la pensión

Existen varios criterios que deben cumplirse para poder acceder a esta pensión:

  1. Haber estado casado o en pareja de hecho con el fallecido.
  2. No tener derecho a otra pensión.
  3. No haber contraído nuevo matrimonio o pareja de hecho.

El divorcio y la pensión de viudedad

Cuando una pareja decide divorciarse, surgen muchas dudas en cuanto a derechos y obligaciones. La pensión de viudedad no es la excepción.

Divorcio sin pensión compensatoria

En casos donde no se haya fijado una pensión compensatoria tras el divorcio, si uno de los ex-cónyuges fallece, el otro no tendría derecho a la pensión de viudedad a no ser que se cumplan ciertas condiciones específicas establecidas por ley.

Divorcio con pensión compensatoria

Si tras el divorcio, uno de los cónyuges estaba recibiendo una pensión compensatoria y este fallece, el ex-cónyuge beneficiario podría tener derecho a la pensión de viudedad. No obstante, es esencial revisar las condiciones y criterios específicos que establece la legislación.

¿Qué pasa con las parejas de hecho?

Las parejas de hecho también tienen ciertos derechos. Si se ha registrado la unión como pareja de hecho y se cumplen ciertas condiciones, es posible acceder a la pensión de viudedad.

Consideraciones importantes

  • Tiempo de matrimonio: Generalmente, se requiere un tiempo mínimo de matrimonio o convivencia para poder acceder a la pensión.
  • Re-matrimonio: Si el sobreviviente contrae matrimonio nuevamente o inicia una nueva pareja de hecho, podría perder el derecho a la pensión.
  • Economía del sobreviviente: En algunos casos, si el sobreviviente tiene recursos económicos suficientes o una nueva fuente de ingresos, podría no tener derecho a la pensión.

Abogados Cebrián & Asociados, despacho de abogados especializado en Derecho de Familia. Letrado responsable Alberto Gª Cebrían, colegiado del ICAM 85.585. Premio Nacional de Ley en Derecho de Familia.

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