Convenio regulador sin matrimonio
En un convenio regulador con hijos sin matrimonio es evidente que la regulación será más sencilla que en un divorcio con hijos, pues no existen medidas matrimoniales, pues todo se centra en las medidas paternofiliales.
Los hijos menores de edad constituyen el bien jurídico más digno de protección.
Convenio regulador con hijos sin matrimonio:
En un convenio regulador con hijos sin matrimonio la prioridad serán los hijos indiscutiblemente pues para empezar ni han decidido nacer en una determinada familia ni el mantenimiento o separación de la relación de sus padres.
El convenio regulador con hijos sin matrimonio deberá de contemplar y regular adecuadamente los siguientes extremos:
- Atribución del derecho de uso y disfrute del domicilio familiar.
- Patria potestad.
- Guarda y custodia.
- Régimen de visitas.
- Pensión de alimentos.
Convenio regulador con niños pequeños sin matrimonio:
Cuando los hijos son pequeños, la situación es especialmente sensible y deberemos de tratar la cuestión con un especial cuidado y atención para ofrecer y establecer la mejor opción para la vida de nuestros niños que al ser tan pequeños deben de tener una regulación a la que se puedan adaptar favorablemente y construya positivamente su infancia favoreciendo la relación con ambos progenitores.
Convenio regulador sin estar casados
El convenio regulador de una pareja que ha mantenido una relación sentimental fruto de la cual han nacido hijos comunes se denomina medidas paternofiliales o guarda y custodia.
Convenio regulador sin estar casados en España.
¿Cuánto cuesta un convenio regulador sin estar casados?
Cada despacho de abogados ofrecerá un precio concreto por cada servicio letrado, pero con nuestros abogados el precio de un convenio regulador y tramitación de guarda y custodia de mutuo acuerdo de pareja con hijos sin estar casados es de 150 euros por cónyuge.
Por analogía en materia de costes, puede consultar la información de divorcio a continuación.
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Abogados Cebrián & Asociados, despacho de abogados especializado en Derecho de Familia. Letrado responsable Alberto Gª Cebrían, colegiado del ICAM 85.585. Premio Nacional de Ley en Derecho de Familia.